La Sociedad RCRCR, SA presenta el siguiente balance de situación a 31/12/2009:
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ACTIVO | PATRIMONIO NETO Y PASIVO
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1.000.000 Fondo de Comercio | Capital Social 2.000.000
6.000.000 Inmovilizado Material | Acciones Propias (500.000)
(500.000) A.Acumulada I. Material | Reserva Legal 100.000
4.000.000 Activo Corriente | Rdos negativos 2008 (100.000)
| Resultado ejercicio 1.000.000
| Pasivo no Corriente 5.000.000
| Pasivo Corriente 3.000.000
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10.500.000 TOTAL ACTIVO |TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO 10.500.000
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El capital social está formado por 20.000 acciones con un valor nominal de 100 Euros cada una de ellas.
Las acciones propias corresponden a 5000 acciones con un valor nominal de 100 euros cada una de ellas.
Realizar la distribución del resultado del ejercicio sabiendo:
- Compensar pérdidas de ejercicios anteriores.
- Dotar a reserva legal el mínimo establecido por la Ley.
- Aprobar una rentabilidad del 5% de las acciones una vez compensadas pérdidas y
cumplida la normativa legal.
- Por la diferencia dotar reservas voluntarias.
SOLUCIÓN
El registro contable a realizar vendría dado por: 1.000.000 Resultado del Ejercicio (129) a Reservas Legal (112) 100.000 a Resultados negativos de 2008 (121-) 100.000 a Reserva por fondo de comercio (1143) 50.000 a Dividendo activo a pagar (526) 75.000 a Reservas voluntarias (113) 675.000 --- x --- . Reserva Legal.- De acuerdo al Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas habrá de dotarse a la reserva legal el 10% de los beneficios hasta alcanzar un 20% del capital social de la sociedad. En este sentido el 20% de 2.000.000 = 400.000 por lo que podemos seguir dotando. En concreto 10% de 1.000.000 = 100.000 euros. . Resultados negativos de ejercicios anteriores.- Será compensada esta cuenta con los beneficios de ejercicios futuros. De acuerdo a la Ley del Impuesto sobre Sociedades, esta compensación puede realizarse hasta con los beneficios de los 15 ejercicios siguientes a aquel en que se ha generado la pérdida. . Reserva por fondo de Comercio.- De acuerdo con el artículo 213.4 del Texto Refundido de la Ley de sociedades anónimas "... En cualquier caso, deberá dotarse una reserva indisponible equivalente al fondo de comercio que aparezca en el activo del balance, destinándose a tal efecto una cifra del beneficio que represente, al menos, un 5% del importe del referido fondodo de comercio. Caso de no existir beneficio, o ser insuficiente, se emplearán reservas de libre disposición...". Luego 1.000.000 * 5% = 50.000 euros. . Reparto de dividendos.- Tendríamos: 20.000 acciones - 5.000 acciones propias = 15.000 * 100 = 1.500.000 * 5% = 75.000 Es un ejemplo de supercontable.com |
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