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NIC 15: Información para Reflejar los Efectos de los Cambios en los Precios NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 15

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD Nº 15 (NIC 15)

Información para Reflejar los Efectos de los Cambios en los Precios


Esta Norma Internacional de Contabilidad reordenada sustituye a la aprobada originalmente por el Consejo del IASC en junio de 1981. Se presenta de acuerdo con la estructura de los párrafos adoptada en las Normas Internacionales de Contabilidad emitidas a partir de 1991. Aunque no se han efectuado cambios sustanciales sobre el texto original, se ha modificado en ciertos casos la terminología, con el fin de adaptarla a los usos actuales del IASC.
ÍNDICE

Párrafos
Declaración del consejo del iasc de octubre de 1989

Alcance

Explicación
6-7
Respuestas a los precios cambiantes
8-18
Enfoque del poder adquisitivo general
11
Enfoque del coste corriente
12-18
Situación actual
19-20
Informaciones mínimas a revelar
21-25
Otras informaciones a revelar
26
Fecha de vigencia
27
DECLARACIÓN DEL CONSEJO DEL IASC DE OCTUBRE DE 1989
En su reunión de octubre de 1989, el Consejo del IASC aprobó la siguiente declaración, para añadir a la NIC 15, Información para Reflejar los Efectos de los Cambios en los Precios:
«El consenso internacional respecto a la revelación de información financiera para reflejar los efectos de cambios en los precios, que se preveía cuando se emitió la NIC 15, no se ha alcanzado. Por ello, el Consejo del IASC ha decidido que no es necesario que las empresas revelen la información exigida en la citada NIC 15, para que sus estados financieros cumplan con las Normas Internacionales de Contabilidad. No obstante, el Consejo del IASC aconseja a las empresas que presenten tal información, debiendo en tal caso revelar la información sobre las partidas requeridas por la NIC 15».
La parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de las explicaciones y directrices relativas a su aplicación, así como en consonancia con el Prólogo a las Normas Internacionales de Contabilidad. No se pretende que las Normas Internacionales de Contabilidad sean de aplicación en el caso de partidas no significativas (ver el párrafo 12 del Prólogo).
ALCANCE
1. Esta Norma debe ser aplicada para reflejar los efectos de los cambios en los precios en la determinación de los resultados de la empresa y su posición financiera.
2. Esta Norma Internacional de Contabilidad reemplaza a la NIC 6, Tratamiento Contable de las Variaciones en los Precios.
3. Esta Norma se aplica a empresas cuyos niveles de ingresos ordinarios, resultados, activos o personal empleado sean significativos en el entorno económico donde operan. Cuando se presenten los estados financieros individuales de la dominante junto con los consolidados, basta con que la información exigida en la Norma se presente en base consolidada.
4. La información solicitada en esta Norma no se exige para una dependiente que opere en el país del domicilio de la dominante si se presenta, por parte de ésta, información consolidada basada en los criterios establecidos por esta Norma. Para dependientes que operen en países diferentes que los del domicilio de la dominante, la información solicitada será exigible, solamente, cuando exista una práctica aceptada para la información similar por parte de las empresas económicamente importantes en tal país.
5. Se aconseja a otras entidades la presentación de la información que refleje los efectos de los cambios en los precios, al objeto de promover la existencia de información financiera con un mayor contenido informativo.
EXPLICACIÓN
6. Los precios, ya sean generales o específicos, cambian en el tiempo como resultado de diversas fuerzas económicas y sociales. Las fuerzas específicas que actúan en el mercado de cada producto, como cambios en la oferta y demanda o cambios tecnológicos, pueden causar incrementos o decrementos significativos en los precios individuales, independientemente de cómo se comporten los otros precios. Además, las causas generales pueden dar como resultado un cambio en el nivel general de precios y, por tanto, en el poder adquisitivo general de la moneda.
7. En la mayoría de los países, los estados financieros se preparan a partir del coste histórico contable, sin considerar ni los cambios en el nivel general de precios, ni los producidos en los niveles específicos de los precios de los activos poseídos, salvo en la medida en que los elementos componentes del inmovilizado material puedan ser objeto de revalorización y las existencias y otros activos corrientes reducidos a su valor neto realizable. La información exigida por esta Norma está concebida para hacer conscientes a los usuarios de los estados financieros de una empresa, de los efectos que producen los cambios en los precios en los resultados de sus operaciones. Sin embargo, los estados financieros, ya se preparen bajo el método del coste histórico, ya bajo otro método que refleje el efecto de los cambios en los precios, no pretenden indicar directamente el valor de la empresa en su conjunto.
RESPUESTAS A LOS PRECIOS CAMBIANTES
8. Las empresas a las cuales sea aplicable esta Norma han de revelar información sobre las partidas tratadas en los párrafos 21 a 23 usando un método contable adecuado para reflejar los efectos de cambios en los precios.
9. La información financiera, que intenta ser una respuesta a los efectos de los precios cambiantes, se prepara de varias formas. Una de ellas muestra la información financiera en términos de poder adquisitivo general. Otra, muestra el coste corriente en lugar del histórico, reconociendo los cambios en los precios específicos de los activos. Una tercera forma combina las características de ambos métodos.
10. Bajo las anteriores respuestas subyacen dos enfoques básicos en la determinación del resultado. Uno de ellos reconoce la ganancia después de que se ha mantenido el poder adquisitivo del patrimonio neto de la empresa. La otra reconoce la ganancia tras el mantenimiento de la capacidad productiva de la empresa, y puede o no incluir un ajuste por el nivel general de precios.
Enfoque del poder adquisitivo general
11. El enfoque del poder adquisitivo general supone la reexpresión de algunas o todas las partidas de los estados financieros, en función de los cambios en el nivel general de precios. Las propuestas en este sentido afirman que las reexpresiones de las partidas en función del nivel general de precios cambian la unidad de cuenta, pero no la base subyacente al proceso de valoración. Según este enfoque, y usando un índice apropiado, la ganancia, normalmente, refleja el efecto de los cambios en el nivel general de precios sobre la depreciación, el coste de las ventas y el activo monetario neto, y se presenta una vez ha sido mantenido el poder adquisitivo del patrimonio neto en la empresa.
Enfoque del coste corriente
12. El enfoque del coste corriente puede encontrarse en varios métodos diferentes usados para el ajuste. En general, es el nombre que se da a los métodos que usan el coste de reposición como la base principal de valoración. Sin embargo, si el coste de reposición es mayor que el valor neto realizable y que el valor actual, se utiliza como base de valoración el mayor valor de entre estos dos últimos.
13. El coste de reposición de un activo concreto se determina, normalmente, a partir del coste actual de adquisición de un activo similar, nuevo o usado, y con una capacidad productiva o un potencial de servicio equivalentes. El valor neto realizable representa normalmente el precio corriente neto de venta del activo. El valor actual es equivalente a una estimación de los cobros netos futuros atribuibles al activo, descontados adecuadamente.
14. A menudo se usan índices específicos de precios como medio para determinar los costes corrientes de las partidas, particularmente si no se ha producido recientemente ninguna transacción que afecte a dichas partidas, si no se dispone de listas de precios o si el uso de éstas no es práctico.
15. Los métodos del enfoque del coste corriente generalmente requieren el reconocimiento de los efectos que han tenido en la empresa los cambios en los precios específicos, sobre la depreciación y el coste de las ventas. La mayoría de tales métodos requieren también la aplicación de alguna forma de ajustes que tienen en común el reconocimiento general de la interacción entre los cambios en los precios y la financiación de una empresa. Tal como se indica en los párrafos 16 a 18, existen opiniones diferentes sobre la forma en que deben hacerse tales ajustes.
16. Algunos métodos del coste corriente requieren un ajuste para reflejar los efectos de los precios cambiantes sobre la posición monetaria neta, incluyendo los pasivos a largo plazo, dando lugar a una pérdida por la tenencia de activo monetario neto o de una ganancia por la tenencia de pasivo monetario neto cuando los precios aumentan, y viceversa. Otros métodos limitan este ajuste a los activos y pasivos monetarios comprendidos en el capital circulante. Ambos tipos de ajustes reconocen que no sólo los activos no monetarios, sino también las partidas monetarias son elementos importantes para la capacidad de explotación de la empresa. Una característica normal de los métodos del coste corriente descritos anteriormente es que reconocen la ganancia a partir del mantenimiento de la capacidad productiva de la empresa.
17. Otro punto de vista es que resulta innecesario reconocer, en la cuenta de resultados, el coste adicional de reposición de los activos, en la medida en que estén financiados por deudas. Los métodos basados en esta opinión presentan un resultado que permite mantener la parte de la capacidad productiva de la empresa financiada por sus propietarios. Esto puede conseguirse, por ejemplo, reduciendo los totales de los ajustes efectuados en la depreciación, en el coste de ventas y, si el método lo requiere, en el capital circulante monetario, en la proporción en que la financiación ajena contribuye al total de los recursos ajenos.
18. Algunos métodos de coste corriente aplican al patrimonio neto un ajuste en función de la evolución del índice del nivel general de precios. Esto indica la medida en la que el neto de la empresa se ha mantenido en términos de poder adquisitivo general, cuando el incremento en el coste de reposición de los activos surgido en el ejercicio es menor que el decremento en el poder adquisitivo general de los intereses de los propietarios en el mismo ejercicio. A veces, este cálculo se presenta solamente a fin de permitir una comparación entre los activos netos en términos de poder adquisitivo general y los mismos activos en términos de coste actual. Según otros métodos, que reconocen el resultado una vez que se ha mantenido el poder adquisitivo general del patrimonio neto de los propietarios, la diferencia entre las dos formas de valorar los activos netos se trata como una pérdida o ganancia que se acumula al valor del patrimonio de los propietarios.
Situación actual
19. Aunque la información financiera se presenta, por parte de algunas empresas, haciendo uso de los diversos métodos para reflejar los cambios en los precios descritos anteriormente, ya sea en los estados financieros principales o como información complementaria, no existe todavía acuerdo a nivel internacional sobre este asunto. Consecuentemente, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) cree que se necesita mayor experiencia antes de hacer las consideraciones que lleven a requerir, a las empresas, la preparación de sus estados financieros principales usando un sistema uniforme y global para reflejar la variación de precios. Mientras tanto, la evolución del problema puede acelerarse si las empresas que presenten sus estados financieros principales sobre bases históricas también suministran la información complementaria para reflejar los efectos de los cambios en los precios.
20. Existe gran variedad de propuestas acerca de las partidas a incluir en tal información, desde las que contemplan únicamente algunos componentes del resultado hasta las que hacen extensivo el tratamiento a la cuenta de resultados y al balance. Es deseable que exista un mínimo de partidas a incluir en esa información y que este mínimo sea establecido internacionalmente.
INFORMACIONES MÍNIMAS A REVELAR
21. Las partidas que han de presentarse son:
(a) el importe del ajuste o la cantidad ya ajustada de depreciación de las partidas del inmovilizado material;
(b) la cuantía del ajuste en el coste de las ventas, o bien la cantidad ya ajustada;
(c) los ajustes relacionados con las partidas monetarias, así como el efecto de los fondos ajenos o del patrimonio neto, cuando se hayan tenido en cuenta tales ajustes al determinar el resultado, según el método contable adoptado; y
(d) el efecto total que, sobre los resultados, hayan tenido los ajustes descritos en a) y b) y, en su caso, en c), así como cualesquiera otras partidas que reflejen los efectos de los cambios en los precios y que sean tratadas de acuerdo con el método contable adoptado.
22. Cuando se adopta un método de coste corriente deben revelarse los valores del inmovilizado material, así como de las existencias obtenidas aplicando este criterio.
23. Las empresas deben describir los métodos adoptados para computar la información solicitada en los párrafos 21 y 22, incluyendo la naturaleza de cualesquiera índices utilizados.
24. A menos que se presente dentro de los estados financieros principales, la información requerida por los párrafos 21 a 23 debe ser revelada como complementaria.
25. En la mayoría de los países, la información anterior tiene el carácter de complementaria a los estados financieros principales, no formando parte de los mismos. Esta Norma no es de aplicación a las políticas contables y de presentación exigidas para ser utilizadas por una empresa al preparar sus estados financieros principales, a menos que estos estados financieros se presenten sobre una base que refleje los efectos de los precios cambiantes.
OTRAS INFORMACIONES A REVELAR
26. Se aconseja a las empresas que revelen información adicional y, en particular, una discusión del significado de la información en función de las circunstancias en que se encuentre la empresa. También es útil revelar información sobre cualquier ajuste en los gastos por impuestos o en los saldos de naturaleza fiscal.
FECHA DE VIGENCIA
27. Esta Norma Internacional de Contabilidad reemplaza a la anterior NIC 6, Tratamiento Contable de las Variaciones en los Precios, y tendrá vigencia para estados financieros que abarquen ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1983.


Acceso a otras normas:
Normas Internacionales de Información Financiera
Normas Internacionales de Contabilidad

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